Libro electrónico:
Cómo superar el maltrato
psicológico. Autora: Ana Muñoz, psicóloga, directora de Cepvi.com
Bloque temático: Abuso y
maltrato
ÍNDICE
1. Abuso emocional
2. Cuando sigues esperando y pensando que él
cambiará
3.
Signos que indican que estás saliendo con
un maltratador
4.
Amor y síndrome de Estocolmo: el misterio
de amar a un maltratador
5.
Afrontar la violencia doméstica
6.
Medidas tomadas por el gobierno español
7.
Qué puedes hacer si está siendo víctima
de malos tratos
8.
Trastorno de estrés postraumático
9.
Comunicación agresiva en la
pareja
6. Medidas tomadas por el Gobierno Español
José Enrique Serrano.
Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno. 2005.
La Ley Orgánica 1/2004, de 28
de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, es el instrumento que nos hemos dado
para prevenir, sancionar y erradicar la violencia machista
que de modo incesante nos golpea a todos, hombres y mujeres,
y que provoca la muerte violenta de una mujer cada semana a
manos de sus compañeros o ex compañeros sentimentales.
Si bien la aprobación de la Ley Integral ha sido acogida muy
favorablemente en el ámbito internacional, al ser la primera
en Europa contra la violencia de género, somos conscientes
de que, a pesar de que las medidas y el reconocimiento de
los derechos son de aplicación inmediata, además, es
necesaria una actuación sistemática que garantice su
efectividad. Hechos como los que pone de manifiesto el
informe de Amnistía Internacional, fueron los que llevaron
al Gobierno a la determinación del carácter integral de la
Ley.
A tal efecto quiero señalar los acuerdos que contra la
violencia de género ha adoptado el Consejo de Ministros
entre enero y mayo de 2005:
El 28 de enero se presentó un informe con las principales
medidas de la Ley y las directrices de actuación y
coordinación que asegurarán la efectividad de su puesta en
funcionamiento inmediata.
El 25 de febrero se reguló el Programa de Renta Activa de
Inserción, que contempla ayudas dirigidas expresamente a las
víctimas de violencia de género.
El 4 de marzo se aprobaron las siguientes medidas: Creación
de 16 Juzgados de violencia sobre la mujer y de la
Delegación especial del Gobierno contra la violencia sobre
la mujer; Puesta en marcha de un Plan para la inserción
laboral de las víctimas de violencia de género, previa
concertación con las Comunidades Autónomas; Suscripción de
convenios de colaboración entre la Administración General
del Estado, el Consejo General del Poder Judicial, la
Fiscalía General del Estado y el Consejo General de la
Abogacía para la implantación efectiva del servicio de
teleasistencia; Organización de cursos de formación
dirigidos a profesionales sanitarios para mejorar las
consultas de atención primaria; Incluir en el Plan de
Vivienda criterios que contemplen la atribución de viviendas
protegidas a mujeres que hayan sufrido violencia de género.
El 8 de abril se dotó un Fondo para atender el pago de las
ayudas sociales contempladas en la Ley Integral, para
aquellas víctimas que no tengan derecho a protección por
desempleo o no puedan acceder, por circunstancias
personales, sociales y profesionales, a un programa de
inserción laboral.
El 15 de abril el Consejo nombró a la Delegada Especial del
Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, encargada de
formular las políticas públicas contra la violencia de
género, y de impulsar y coordinar cuantas políticas se
lleven a cabo en esta materia, en colaboración con las todas
las Administraciones Públicas.
El 13 de mayo se aprobó un Plan para la puesta en
funcionamiento de las Unidades de Valoración Integral de la
Violencia de Género, que se insertarán dentro de los
Institutos de Medicina Legal, dependientes del Ministerio de
Justicia.
Asimismo hay que señalar que ya se han fijado los criterios
para la distribución del Fondo creado en la Ley para
garantizar la equidad interterritorial en la prestación de
los servicios que aseguren la efectividad del derecho a una
asistencia integral. Además, se ha reforzado la protección
de las víctimas aumentando en 380 los efectivos
especializados de la Policía Nacional y de la Guardia Civil.
A su vez, se está elaborando un protocolo para garantizar la
coordinación de la protección de las víctimas.
Por otra parte, el Reglamento de Extranjería establece que
las mujeres inmigrantes en situación irregular que cuenten
con una Orden de Protección y soliciten una autorización de
residencia temporal por ser víctimas de violencia en el
entorno familiar, no podrán ser expulsadas de nuestro país.
La Ley persigue la protección integral de las víctimas
actuando sobre sus causas. De ahí que sus medidas de
prevención partan de la educación y de la sensibilización,
incidiendo en la publicidad y en los medios de comunicación;
y se extiendan entre otras a la especialización del personal
sanitario, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y a la sanción y
persecución del agresor.
La Ley garantiza la reparación completa de las víctimas para
su integración social y laboral plena, a través del
reconocimiento del derecho a una acción integral, que
atienda también a la situación de especial vulnerabilidad de
las que tienen un especial riesgo de padecer esta violencia.
Por primera vez, se pasa de una visión asistencial, a otra
de derechos y de ciudadanía.
No quiero terminar sin recalcar que se trata de una lacra
grave cuya solución exige tiempo y esfuerzo. De una lucha
que acaba de empezar y que está siendo librada por todos y
todas y que va a ser un éxito, porque cada vez somos más los
que hemos adquirido un compromiso de tolerancia cero.
Sin embargo, que nadie se llame a engaño, no se erradica la
violencia por decreto. La sociedad políticamente organizada
a través de los poderes públicos que conforman el Estado
tiene una responsabilidad principal, le corresponde remover
las causas que originan la violencia y la Ley le convoca a
esta tarea; una acción que, como en su caso, exige además un
compromiso personal y directo de todos los ciudadanos.