
DSM-IV Criterios diagnósticos de los
trastornos mentales
Parasomnias
Criterios para
el diagnóstico de F51.5 Pesadillas (307.47)
A. Despertares repetidos
durante el período de sueño mayor o en las siestas diurnas,
provocados por sueños extremadamente terroríficos y
prolongados que dejan recuerdos vividos, y cuyo contenido
suele centrarse en amenazas para la propia supervivencia,
seguridad o autoestima. Los despertares suelen ocurrir
durante la segunda mitad del período de sueño.
B. Al despertarse del sueño terrorífico, la persona recupera
rápidamente el estado orientado y despierto (a diferencia de
la confusión y desorientación que caracterizan los terrores
nocturnos y algunas formas de epilepsia).
C. Las pesadillas, o la alteración del sueño determinada por
los continuos despertares, provocan malestar clínicamente
significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas
importantes de la actividad del individuo.
D. Las pesadillas no aparecen exclusivamente en el
transcurso de otro trastorno mental (p. ej., delirium,
trastorno por estrés postraumático) y no se deben a los
efectos fisiológicos directos de una sustancia (p. ej.,
drogas, fármacos) o de una enfermedad médica.
Criterios para
el diagnóstico de F51.4 Terrores nocturnos (307.46)
A. Episodios recurrentes de
despertares bruscos, que se producen generalmente durante el
primer tercio del episodio de sueño mayor y que se inician
con un grito de angustia.
B. Aparición durante el episodio de miedo y signos de
activación vegetativa de carácter intenso, por ejemplo,
taquicardia, taquipnea y sudoración.
C. El individuo muestra una falta relativa de respuesta a
los esfuerzos de los demás por tranquilizarle.
D. Existe amnesia del episodio: el individuo no puede
describir recuerdo alguno detallado de lo acontecido durante
la noche.
E. Estos episodios provocan malestar clínicamente
significativo o deterioro social, laboral, o de otras áreas
importantes de la actividad del individuo.
F. La alteración no se debe a los efectos fisiológicos
directos de una sustancia (p. ej., drogas, fármacos) o de
una enfermedad médica.
Criterios para
el diagnóstico de F51.3 Sonambulismo (307.46)
A. Episodios repetidos que
implican el acto de levantarse de la cama y andar por las
habitaciones en pleno sueño, que tienen un lugar
generalmente durante el primer tercio del período de sueño
mayor.
B. Durante estos episodios, el individuo tiene una mirada
fija y perdida, se muestra relativamente arreactivo a los
intentos de los demás para establecer un diálogo con él y
sólo puede ser despertado a base de grandes esfuerzos.
C. Al despertar (tanto en pleno episodio como a la mañana
siguiente), el sujeto no recuerda nada de lo sucedido.
D. A los pocos minutos de despertarse del episodio de
sonambulismo, el individuo recobra todas sus facultades y no
muestra afectación del comportamiento o las actividades
mentales (aunque en un primer momento puede presentar
confusión o desorientación).
E. Los episodios de
sonambulismo provocan malestar clínicamente significativo o
deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la
actividad del individuo.
F. La alteración no se debe a los efectos fisiológicos
directos de una sustancia (p. ej., drogas, medicamentos) o
de una enfermedad médica.