
DSM-IV Criterios diagnósticos de los
trastornos mentales
Criterios para el
diagnóstico de agorafobia
Nota: No se registra
la agorafobia en un código aislado. Codificar el diagnóstico
del trastorno específico en que aparece la agorafobia (p.
ej., F40.01 Trastorno de angustia con agorafobia [300.21] o
F40.00 Agorafobia sin historia de trastorno de angustia
[300.22]).
A. Aparición de ansiedad al encontrarse en lugares o
situaciones donde escapar puede resultar difícil (o
embarazoso) o donde, en el caso de aparecer una crisis de
angustia inesperada o más o menos relacionada con una
situación, o bien síntomas similares a la angustia, puede no
disponerse de ayuda. Los temores agorafóbicos suelen estar
relacionados con un conjunto de situaciones características,
entre las que se incluyen estar solo fuera de casa;
mezclarse con la gente o hacer cola; pasar por un puente, o
viajar en autobús, tren o automóvil.
Nota: Considerar el diagnóstico de fobia específica
si el comportamiento de evitación se limita a una o pocas
situaciones específicas, o de fobia social si tan sólo se
relaciona con acontecimientos de carácter social.
B. Estas situaciones se evitan (p. ej., se limita el número
de viajes), se resisten a costa de un malestar o ansiedad
significativos por temor a que aparezca una crisis de
angustia o síntomas similares a la angustia, o se hace
indispensable la presencia de un conocido para soportarlas.
C. Esta ansiedad o comportamiento de evitación no puede
explicarse mejor por la presencia de otro trastorno mental
como fobia social (p. ej., evitación limitada a situaciones
sociales por miedo a ruborizarse), fobia específica (p. ej.,
evitación limitada a situaciones aisladas como los
ascensores), trastorno obsesivo-compulsivo (p. ej.,
evitación de todo lo que pueda ensuciar en un individuo con
ideas obsesivas de contaminación), trastorno por estrés
postraumático (p. ej., evitación de estímulos relacionados
con una situación altamente estresante o traumática) o
trastorno de ansiedad por separación (p. ej., evitación de
abandonar el hogar o la familia).
Criterios para
el diagnóstico de F41.0 Trastorno de angustia sin agorafobia
(300.01)
A. Se cumplen 1 y 2:
1. crisis de angustia inesperadas recidivantes
2. al menos una de las crisis se ha seguido durante 1 mes (o
más) de uno (o más) de los siguientes síntomas:
(a) inquietud persistente
ante la posibilidad de tener más crisis
(b) preocupación por las implicaciones de la crisis o sus
consecuencias (por ej., perder el control, sufrir un infarto
de miocardio, "volverse loco")
(c) cambio significativo del comportamiento relacionado con
las crisis
B. Ausencia de agorafobia.
C. Las crisis de angustia no
se deben a los efectos fisiológicos directos de una
sustancia (p. ej., drogas, fármacos) o una enfermedad médica
(p. ej., hipertiroidismo).
D. Las crisis de angustia no
pueden explicarse mejor por la presencia de otro trastorno
mental, como por ejemplo fobia social (p. ej., aparecen al
exponerse a situaciones sociales temidas), fobia específica
(p. ej., el exponerse a situaciones fóbicas específicas),
trastorno obsesivo-compulsivo (p. ej., al exponerse a la
suciedad cuando la obsesión versa sobre el tema de la
contaminación), trastorno por estrés postraumático (p. ej.,
en respuesta a estímulos asociados a situaciones altamente
estresantes), o trastorno por ansiedad de separación (p.
ej., al estar lejos de casa o de los seres queridos).
