
DSM-IV Criterios diagnósticos de los
trastornos mentales
Trastorno del estado de
ánimo inducido por sustancias
Criterios para el
diagnóstico
A. En el cuadro clínico
predomina una notable y persistente alteración del estado de
ánimo caracterizada por uno (o ambos) de los siguientes
estados:
1. estado de ánimo depresivo
o notable disminución de intereses o del placer en todas o
casi todas las actividades
2. estado de ánimo elevado, expansivo o irritable
B. A partir de la historia
clínica, la exploración física o los exámenes de
laboratorio, hay pruebas de que 1 o 2:
1. los síntomas del Criterio
A aparecen durante o en el mes siguiente a una intoxicación
o abstinencia
2. el empleo de un medicamento está etiológicamente
relacionado con la alteración
C. La alteración no se
explica mejor por la presencia de un trastorno del estado de
ánimo que no sea inducido por sustancias. Las pruebas de que
los síntomas no son atribuidles a un trastorno del estado de
ánimo no inducido por sustancias pueden ser las siguientes:
los síntomas preceden al inicio del consumo de la sustancia
(o al consumo del medicamento); los síntomas persisten
durante un período sustancial de tiempo (p. ej., alrededor
de 1 mes) después del final de la abstinencia aguda o la
intoxicación grave, o son claramente excesivos respecto a lo
que sería esperable dado el tipo o la cantidad de la
sustancia utilizada o la duración de su uso; o hay otros
datos que sugieren la existencia independiente de un
trastorno del estado de ánimo no inducido por sustancias (p.
ej., una historia de episodios depresivos mayores
recidivantes).
D. La alteración no aparece
exclusivamente en el transcurso de un delirium.
E. Los síntomas provocan
malestar clínico significativo o deterioro social, laboral o
de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
Nota: Este
diagnóstico debe hacerse en lugar de un diagnóstico de
intoxicación por sustancias o abstinencia de sustancias
únicamente si los síntomas exceden de los normalmente
asociados con el síndrome de intoxicación o abstinencia y
cuando son de suficiente gravedad como para merecer una
atención clínica independiente.
Código para trastorno del
estado de ánimo inducido por (sustancia específica):
F10.8 Alcohol [291.8]
F16.8 Alucinógenos [292.84]
F15.8 Anfetaminas (o sustancias de acción similar) [292.84]
F14.8 Cocaína [292.84]
F19.8 Fenciclidina (o sustancias de acción similar) [292.84]
F18.8 Inhalantes [298.84]
F11.8 Opiáceos [298.84]
F13.8 Sedantes, hipnóticos o ansiolíticos [292.84]
F19.8 Otras sustancias (o desconocidas) [292.84]
Tipos:
-
Con síntomas depresivos:
si el estado de ánimo predominante es depresivo.
-
Con síntomas maníacos: si
el estado de ánimo predominante es elevado, eufórico o
irritable
-
Con síntomas mixtos: si
hay tanto síntomas de manía como de depresión sin que
ninguno de ellos predomine.
Especificar si:
-
De inicio durante la
intoxicación: si se cumplen los criterios para la
intoxicación por la sustancia y los síntomas aparecen
durante la intoxicación.
-
De inicio durante la
abstinencia: si se cumplen los criterios para la
abstinencia de la sustancia y los síntomas aparecen
durante o poco tiempo después del síndrome de
abstinencia.