
DSM-IV Criterios diagnósticos de los
trastornos mentales
F22.0 Trastorno delirante
(297.1)
A. Ideas delirantes no
extrañas (p. ej., que implican situaciones que ocurren en la
vida real, como ser seguido, envenenado, infectado, amado a
distancia o engañado por el cónyuge o amante, o tener una
enfermedad) de por lo menos 1 mes de duración.
B. Nunca se ha cumplido el Criterio A para la esquizofrenia.
Nota: En el trastorno delirante puede haber
alucinaciones táctiles u olfatorias si están relacionadas
con el tema delirante.
C. Excepto por el impacto directo de las ideas delirantes o
sus ramificaciones, la actividad psicosocial no está
deteriorada de forma significativa y el comportamiento no es
raro ni extraño.
D. Si se han producido episodios afectivos simultáneamente a
las ideas delirantes, su duración total ha sido breve en
relación con la duración de los períodos delirantes.
E. La alteración no es debida a los efectos fisiológicos
directos de alguna sustancia (p. ej., una droga o un
medicamento) o a enfermedad médica.
Tipo (en base al tema
delirante que predomine):
-
Tipo erotomaníaco: ideas
delirantes de que otra persona, en general de un status
superior, está enamorada del sujeto.
-
Tipo de grandiosidad:
ideas delirantes de exagerado valor, poder,
conocimientos, identidad, o relación especial con una
divinidad o una persona famosa.
-
Tipo celotípico: ideas
delirantes de que el compañero sexual es infiel.
-
Tipo persecutorio: ideas
delirantes de que la persona (o alguien próximo a ella)
está siendo perjudicada de alguna forma.
-
Tipo somático: ideas
delirantes de que la persona tiene algún defecto físico
o una enfermedad médica.
-
Tipo mixto: ideas
delirantes características de más de uno de los tipos
anteriores, pero sin predominio de ningún tema.
-
Tipo no especificado