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F22.0 Trastorno
delirante (297.1)
A. Ideas delirantes no extrañas
(p. ej., que implican situaciones que ocurren en la vida real, como
ser seguido, envenenado, infectado, amado a distancia o engañado por
el cónyuge o amante, o tener una enfermedad) de por lo menos 1 mes
de duración.
B. Nunca se ha
cumplido el Criterio A para la esquizofrenia.
Nota: En el trastorno
delirante puede haber alucinaciones táctiles u olfatorias si están
relacionadas con el tema delirante.
C. Excepto por
el impacto directo de las ideas delirantes o sus ramificaciones, la
actividad psicosocial no está deteriorada de forma significativa y
el comportamiento no es raro ni extraño.
D. Si se han
producido episodios afectivos simultáneamente a las ideas
delirantes, su duración total ha sido breve en relación con la
duración de los períodos delirantes.
E. La
alteración no es debida a los efectos fisiológicos directos de
alguna sustancia (p. ej., una droga o un medicamento) o a enfermedad
médica.
Tipo (en base
al tema delirante que predomine):
Tipo erotomaníaco:
ideas delirantes de que otra persona, en general de un status
superior, está enamorada del sujeto.
Tipo de
grandiosidad: ideas delirantes de exagerado valor, poder,
conocimientos, identidad, o relación especial con una divinidad o
una persona famosa.
Tipo celotípico:
ideas delirantes de que el compañero sexual es infiel.
Tipo persecutorio:
ideas delirantes de que la persona (o alguien próximo a ella) está
siendo perjudicada de alguna forma.
Tipo somático:
ideas delirantes de que la persona tiene algún defecto físico o una
enfermedad médica.
Tipo mixto:
ideas delirantes características de más de uno de los tipos
anteriores, pero sin predominio de ningún tema.
Tipo no
especificado