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Medicina y terapias alternativas. Artículos


Cuidados intensivos. ¿Cómo se debe morir?

 

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PRINCIPIOS ÉTICOS

 

No maleficencia

 

Este principio se viola cuando se aplica a un paciente un tratamiento que no está indicado, que causa una complicación evitable, daño o cualquier tipo de lesión. Los riesgos de la práctica médica sólo pueden justificarse cuando el beneficio obtenido es superior al daño.
 
No es infrecuente que en cuidados intensivos llegue un momento en que nuestras intervenciones no actúan realmente prolongando una vida aceptable, sino alargando un inevitable proceso de muerte. Así, por ejemplo, administrar antibióticos para tratar una infección en pacientes en coma irreversible o hacer maniobras de resucitación Cardiopulmonar en pacientes terminales es evitar una muerte indolora para prolongar una situación agónica que, muchas veces, se acompaña de dolor y falta de dignidad 9,11

El viejo refrán , "no hagas a otro lo que no quisieras que te hagan a ti", indica una medida para regular la actitud de no maleficencia, cuando se trata de causar un mal grave, como "no matar", este precepto adquiere vigencia absoluta.

El principio "no matarás" estaba expresado ya hace mucho tiempo en el Juramento Hipocrático …"no me dejaré llevar por ninguna súplica para suministrar a nadie ninguna droga letal, como tampoco le aconsejaré"….

 

Beneficencia

 

A través de este principio, el médico adquiere la responsabilidad de cumplir los objetivos de la medicina, que se pudieran sintetizar en: tratar lo mejor posible al paciente restaurando su salud, preservar su vida y aliviar su sufrimiento. En ocasiones estos conceptos pueden entrar en conflicto. En medicina intensiva, no todo lo técnicamente posible resulta beneficioso para el enfermo, y en ocasiones someterlo a determinados procedimientos puede ocasionarle daño, con lo que se está infringiendo el principio de la beneficencia. Al igual que el anterior este principio estaba ya establecido en el Juramento Hipocrático: "A cualquier casa que entrare, llegaré por utilidad de los enfermos ". Los profesionales deben mostrar una actitud de benevolencia hacia sus pacientes por encima de motivaciones lucrativas o de otro tipo.

En lo que se refiere al principio de beneficencia y no maleficencia, se hallan vinculados, de hecho, en el curso de toda la historia de la medicina. En el intento de buscar el bien para el paciente, con un carácter paternalista, históricamente el medico sometió al paciente a su propia concepción del bien, sin tener en cuenta la autonomía del enfermo, 12.

 

Autonomía

 

Está basado en la libertad de decisión de cada persona y la protección de aquellas personas que estén disminuidas. El respeto a este principio, llamado “de permiso” por Engelhardt, 6, hace que, en el sistema sanitario, la autoridad final deba siempre residir en el paciente o, si éste es incompetente, en su representante, que habitualmente es el familiar más próximo. A diferencia de otras áreas del hospital, en los servicios de medicina intensiva (UCI), con frecuencia no da tiempo a obtener el consentimiento informado ya que hay que actuar con premura, como cuando se intuba a un paciente para acoplarlo a un respirador mecánico.

Si el paciente ha expresado previamente sus deseos rechazando algunos tratamientos de soporte vital, es obligación ética respetarlos,7. Esta petición previa en nuestro medio es extremadamente infrecuente. Por el contrario, vale la pena aclarar que no existe obligación alguna de respetar la petición de un tratamiento si el médico lo considera contraindicado.13
 
El principio de autonomía reconoce a todo hombre, varón o mujer, como ser libre, cuya libertad debe ser respetada y promovida. La autonomía se basa en la dignidad de todos los hombres y mujeres del planeta.

 

Justicia

 

Es el principio que busca el equilibrio en la decisión, actuar conforme a derecho y otorgar los beneficios y las cargas a quienes corresponda. El principio de justicia exige que la distribución de los recursos sanitarios sea equitativa; por esto, administrar recursos ilimitados o incontrolados a pacientes irrecuperables puede limitar el acceso a otros más necesitados, con lo que se viola dicho principio.

 

Dado el hecho de que es responsabilidad de las autoridades sanitarias la obligación de justicia, la escasez de recursos no puede constituirse en justificación para fundamentar la decisión de la limitación del esfuerzo terapéutico. Este principio solo se cumple verdaderamente cuando el acceso a los servicios médicos es gratuito y universal sea cual fuere su condición.